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viernes, 3 de enero de 2014

Contratando a un trabajador Extranjero.

By Sara Vásquez      Fuente: USCIS

No se permitiran y se removeran los comentarios racistas, obscenos, difamatorios, y de odio.

 A veces los empleadores  de Estados Unidos necesitan contratar mano de obra extranjera cuando no hay suficientes trabajadores,  para cubrir determinados empleos. Bajo ciertas condiciones, las leyes de inmigración de los Estados Unidos le pueden permitir a un empleador de los Estados Unidos que presente un Formulario I-129, Solicitud de trabajador no inmigrante, a la Oficina de Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos a nombre de un empleado potencial que sea ciudadano extranjero. Al ser aprobada la solicitud, el empleado potencial puede solicitar su admisión a los Estados Unidos, o, si ya se encuentra en los Estados Unidos, puede solicitar un cambio de estatus de no inmigrante para trabajar temporalmente o para recibir un adiestramiento.

Para la mayoría de las categorías de visa de no inmigrante basadas en el empleo, el empleador comienza el proceso enviando el Formulario I-129 a la USCIS.  Tenga en cuenta que en algunos casos el empleador tiene que presentar una Solicitud de condición de trabajo o Solicitud para certificación de empleo de extranjeros al Departamento del Trabajo (DOL, por sus siglas en inglés) y/o obtener ciertos reportes de consulta de organizaciones del trabajo antes de enviar una solicitud a la USCIS. Existen numerosas categorías de visa de no inmigrante basadas en el empleo.
De conformidad con todas estas categorías, que se relacionan a continuación, el ciudadano extranjero tiene que cumplir varios requisitos específicos para la ocupación que se cubre en la solicitud.


Cuando la solicitud es aprobada. ..¿Cuánto tiempo puede permanecer en los Estados Unidos un empleado no inmigrante?

El periodo inicial de estadía que se le otorga a un empleado temporal varía dependiendo de la categoría de visa específica que tenga. De la misma manera, el periodo máximo de estadía inicial que se permite también varía, en dependencia de la categoría de visa específica y el empleo por el que opta el ciudadano extranjero.

En ciertos casos un ciudadano extranjero puede tener la intención de mantener la clasificación de no inmigrante por más tiempo por el que él o ella fue admitido o por más tiempo del que le otorgaron, hasta el periodo máximo permitido por la ley. Si todo parece indicar que se va a necesitar a un empleado por  más tiempo que el periodo por el cual él o ella fue aprobado en su actual estatus de no inmigrante, el empleador podría presentar un nuevo Formulario de solicitud I-129 a nombre del empleado. Con el fin de evitar la interrupción del empleo autorizado, se insta a los empleadores a que presenten la solicitud de prorrogar el estatus de un empleado mucho antes de que se venza. Advierta, sin embargo, que si el empleado ya ha permanecido por el periodo máximo permisible, no le será otorgada una prórroga.
 Si presentó una solicitud de prórroga de estatus para su empleado, pero no ha recibido noticia de ninguna decisión en el momento que su  estatus caduque, ¿puedo continuar empleando a esa persona?

Si:
• La USCIS recibe un Formulario I-129, solicitud para prorrogar el estatus de un empleado antes que su estatus se venza; y
• El empleado no ha violado los términos de su estatus; y
• El empleado cumple los requisitos básicos de elegibilidad.

Bueno, hablando se entiende la gente, y USCIS puede ayudarlo a usted si anticipa con documentos la prorroga que su empleado necesita.
Servicios de Inmigración de nuevo en 2014, le desea lo mejor y se pone de nuevo a sus órdenes para hacer las gestiones necesarias y ayudarlo a inmigrar respetando las leyes de inmigración del país aceptante. Sólo trabajamos respetando las leyes. Así nadie sale dañado.

Licenciada Sara Vásquez
Asesora en Servicios de Inmigración. Phone 503 7154-9797
El Salvador, Centroamérica.

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