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lunes, 10 de agosto de 2015

Reformas en la Ley de Ciudadanía de Canadá

By Sara Vásquez
Source: http://www.cic.gc.ca/english/citizenship/become.asp

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Imagen propiedad: noticiasmontreal.com
El 11 de junio del 2015 entró envigor la nueva Ley de Ciudadanía, con cambios sustanciales con respecto a la ley anterior. Cuatro años de residencia en vez de tres y obligación de permanecer en Canadá al menos 6 meses cada año son algunos de las principales modificaciones.

Son cuatro años de residencia en Canadá dentro de seis años que son necesarios para obtener la ciudadanía.  También  solamente los días físicamente permanecidos en Canadá cuentan, y cada año deberá permanecer al menos 183 días físicamente en Canadá. Aquí se está aplicando el Principio de Residencia, con lo cual también el residente está totalmente obligado a declarar impuestos. Podrán verse afectados los profesionales que sean enviados por sus  empleadores al exterior. 
Tampoco cuentas los días que usted ha permanecido en Canadá antes de obtener la residencia permanente, non cuentan para la ciudadanía.

Nuevas Disposiciones:
  • La obligación de hacer una declaración de ingresos y estar al día con los impuestos,
  • La obligación de pasar el examen de ciudadanía para personas de 14 años o más (en vez de 18) y hasta los 64 años (en vez de 54).
  • Residentes permanentes que hayan sido miembros del ejército canadiense podrán obtener la ciudadanía después de 3 años de residencia en vez de 4.
  • Los tiempos de procesamiento (prometidos) serán reducidos a menos de un año (en vez de casi tres años de espera en este momento).
Vea todos los detalles en el sitio oficial de cic.gc.ca  Inglés o Francés.
Los criterios para mantener la residencia permanente no han cambiado, si no cumple con las nuevas disposiciones  de la ciudadanía, no significa que vaya a perder su residencia permanente, solo implica que no pueda pedir la ciudadanía. En Quebec, Columbia Británica y Ontario, usted pierde su acceso gratuito a servicios médicos si se encuentra por más de 183 días por año fuera del país. En pocas palabras sino cumple con el Principio de Residencia.


Licenciada Sara Vásquez. Phone. 503 7154-9797
Asessora en Servicios de Inmigración y Comercio Internacional.
El Salvador, Centroamérica.

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